REGLAMENTO PARA FORMAR PARTE DE LOS CENTROS AVALADOS POR EL CMCOEM 2026

DISPOSICIONES GENERALES

El presente documento tiene por objeto establecer los reglamentos de los Centros de Entrenamiento avalados por el Colegio Mexicano de Cirugía para la Obesidad y Enfermedades Metabólicas, A. C., CMCOEM. Mismos reglamentos que pasarán a formar parte de los estatutos del colegio una vez que se aprueben en consonancia con el Consejo Mexicano de Cirugía General.

ARTÍCULO I. SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN INICIAL

  • Toda la documentación deberá ser enviada entre los meses de agosto, septiembre y octubre previo a iniciar el curso.
  • Toda solicitud deberá ser enviada por correo electrónico a administracion@cmcoem.org.mx antes de la fecha ya mencionada, por el titular del curso con toda la documentación en un solo mail. Los archivos deben ser PDF y estar correctamente membretados.
  • No se aceptarán trámites incompletos ni se darán avales fuera del tiempo establecido.
  • El trámite inicia hasta que toda la documentación esté completa.
  • No se darán avales retroactivos.
  • La documentación será evaluada por el comité de Certificación Profesional del CMCOEM.
  • El comité tendrá un plazo de 1 mes para revisar y dar respuesta a la solicitud. De ser denegada, el titular tiene la opción de volver a aplicar al año siguiente con la documentación en regla.
  • Los ciclos académicos iniciarán en 01 marzo y terminarán en Feb 28, sin excepción.
  • Al iniciar el año académico, se dará hasta el mes de octubre de prórroga para recibir por parte del centro de adiestramiento, la constancia de inscripción a la Universidad de cada alumno. De no recibirla, será dado de baja de las actividades y no será candidato a examen. Esto aplica también para extranjeros a quienes no se les podrá incluir en las actividades del CMCOEM de forma gratuita.
  • Si el titular decide iniciar el curso sin tener carta confirmatoria por CMCOEM, no se dará por sede certificada y los alumnos no podrán presentar examen de certificación.

ARTÍCULO II. ALUMNOS

  • Los alumnos extranjeros no serán candidatos a certificación al finalizar su entrenamiento; a menos que tengan cédula profesional de cirugía general y certificación del CMCG.
  • No se aceptarán alumnos fuera del período de inicio del año académico, siendo el 1º de marzo la única fecha de ingreso para poder otorgar aval por parte del CMCOEM. No importa si los alumnos son extranjeros. Si el profesor titular decide aceptar alumnos extranjeros fuera de esta fecha, no serán considerados de forma gratuita en los eventos del CMOEM.
  • El CMCOEM mandará al CMCG la lista de alumnos que califican para presentar examen basado en toda la normatividad aquí descrita.
  • Alumnos de cursos no avalados por el CMCOEM, no tendrán derecho a participar en las actividades de forma gratuita ni derecho a presentar examen ante el CMCG.
  • En Centros de nueva creación se aceptarán para aval un máximo 1 alumnos, los primeros 2 años.
  • Número de alumnos acorde a productividad de cirugías (no solo manga gástrica).
  • Edad recomendada: menos de 40 años.
  • Idealmente el alumno deberá contar con una beca, infraestructura etc.

ARTÍCULO III. UNIVERSIDAD

  • Solicitud dirigida al Comité de Certificación Profesional.
  • Documento escaneado del aval Universitario como curso de Alta Especialidad en Cirugía Bariátrica, o en caso dado, Especialidad de 2 años (no se aceptan “laparoscopia avanzada”, “cirugía laparoscópica”, “Diplomados” o términos similares).
  • En el documento debe estar a nombre del profesor titular y un adjunto, así como firmas del personal académico calificado para otorgar dicho aval.
  • Las Universidades públicas que otorguen el aval debe contar de manera obligatoria especialidad en Cirugía General e idealmente con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) de la SEP de Cirugía General (anexar la documentación que constate lo solicitado y número de RVOE vigente en todos los casos).
  • Las Universidades privadas que otorguen el aval debe contar de manera obligatoria especialidad en Cirugía General y con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) de la SEP de Cirugía General (anexar la documentación que constate lo solicitado y número de RVOE vigente en todos los casos). No se aceptan Universidades con RVOE para otras especialidades, maestrías y doctorados.
  • No se dará aval a cursos de menos de 12 meses (ideal 2 años).
  • Para cursos de alta especialidad el aval universitario deberá solicitarse en su estado, a menos que solicite Aval para Especialidad en Cirugía Bariátrica y Metabólica será en el estado que cuente con la Universidad que otorgue ese aval.

ARTÍCULO IV. PROFESOR TITULAR, ADJUNTO Y EQUIPO TRANSDISCIPLINARIO

  • Carta Nombramiento como profesor titular del curso y profesor adjunto del Hospital y de la Universidad (son 2 cartas diferentes). La Hospitalaria debe ser por parte del Departamento de Enseñanza.
  • CV del profesor titular, adjunto y del equipo multidisciplinario. Todos tienen que ser miembros activos y al corriente en sus pagos con el CMCOEM. Los cirujanos deben tener también certificación o recertificación vigentes (anexar documentos).
  • El profesor titular y adjunto debe ser cirujanos y certificados ante el CMCG, con amplia experiencia en el campo de la cirugía de obesidad, con certificaciones vigentes (Cirugía y Cirugía Bariátrica), estar al corriente en anualidades del CMCOEM, contar con equipos multidisciplinarios de acuerdo a lo que marca la NOM 008-SSA3-2017.
  • Los profesores titulares y adjuntos no pueden tener más de un centro de entrenamiento. A menos que sea un hospital público y un privado en diferente horario.
  • Idealmente los miembros del equipo multidisciplinario deben ser miembros del CMCOEM con cuotas al corriente.
  • El profesor titular tendrá un mes (marzo) para enviar la lista definitiva de alumnos, así como cualquier documentación que le sea solicitada por el CMCOEM con firma de la jefatura de enseñanza.
  • Los alumnos no serán responsables de este trámite. De no contar con esta documentación en tiempo y forma, no serán dados de alta en las actividades y carecerán de becas para las actividades anuales.
  • De existir cambios de Profesor, esto deberá ser demostrado con documentación universitaria.
  • Cada dos años se solicitará la actualización de documentos del profesor titular.
  • Las sedes serán visitadas por parte del comité sin previo aviso.

ARTÍCULO V. ESTRUCTURA CURRICULAR

Plan de estudios anual que cubra todas las esferas del conocimiento, habilidades y destrezas en el manejo del paciente con obesidad.

  • Requisitos de admisión
  • Perfil del alumno
  • Número de alumnos
  • Descripción de método de admisión
  • Costo
  • Estructura curricular con carga horaria y créditos anuales
  • Unidades de aprendizaje
  • Método de evaluación
  • Requisitos de egreso
  • Recursos para implementar el programa
  • Movilidad académica
  • El año académico es del 1° de marzo al último día de febrero del siguiente año. No se dará aval a cursos de menos de 12 meses. Los alumnos deben cumplir por lo menos 40 horas semanales de adiestramiento teórico-práctico, y deberán cursar más del 75% del año en su centro de adiestramiento.

VI. HOSPITAL SEDE

  • Tener como sede hospitales privados o públicos que cuenten con certificación vigente del Consejo de Salubridad General o en su caso estar establecidos en hospitales de alta especialidad o con infraestructura suficiente para la atención de pacientes con obesidad.
  • Copia de la certificación del consejo de salubridad vigente del hospital sede y COFEPRIS.
  • El hospital solo puede tener una sede para centro de entrenamiento.
  • El hospital sede debe tener especialidades médicas.
  • El hospital sede debe contar con área de enseñanza.
  • El hospital sede debe contar con terapia intensiva.
  • El hospital sede debe contar con registro sanitario para banco de sangre, rayos X y laboratorio (anexar copia de los 3 registros sanitarios).
  • El hospital sede debe realizar un Número mínimo de cirugías 40 cirugías anuales.
  • El hospital sede debe realizar Variabilidad de las cirugías: Bypass, Manga, conversión, revisión, etc.
  • Todos los centros de nueva creación estarán sujetos a visita de verificación a la unidad sede el comité de avales del CMCOEM.
  • El alumno podrá rotar en diferentes sedes, sin embargo, deberá estar >60% del año académico en su sede base.

Actividades obligatorias al ser otorgado el Aval

  • Los profesores y estudiantes se comprometen a participar en todas las actividades y evaluaciones (virtuales y presenciales) destinadas para los alumnos por el Comité Científico y de Educación Médica Continua del CMCOEM.
  • El CMCOEM tiene la facultad de retirar el aval en cualquier momento si alguno de los puntos previamente mencionados es incumplido o por cierre del programa.
  • Si los alumnos no participan activamente en por lo menos el 75% de las sesiones destinadas mensualmente para ellos, también se considerará retirar el aval a dicho centro.
  • Si el centro no cumple con las cirugías mínimas aceptadas, perderá el aval por 2 años y se someterá a nueva evaluación.
  • Los centros con aval vigente estarán sujetos de manera aleatoria a visita de verificación del cumplimiento del reglamento previamente aceptado por el centro.
  • Los centros con aval vigente deberán actualizar su documentación apegándose a los reglamentos previos, contando con 12 meses para su regularización. De lo contrario se retirará el aval y podrán aplicar el próximo ciclo con documentación completa.

Este Reglamento es Aprobado el 10 de julio de 2026.