Las Asambleas Generales Extraordinarias se ocuparán de:
I.- Disolución de la Asociación.
II.- Cambio de objeto de la Asociación
III.- Transformación de la Asociación o fusión con otras Asociaciones, Sociedades o Colegios.
IV.- Modificación de Estatutos.
V.- La enajenación o imposición de gravamen sobre cualquiera de los bienes inmuebles propiedad de la Asociación, o cualquier otro acto de dominio sobre ellos.